El desinterés del Gobierno llevó al fracaso la Ciudad Deportiva de David 2013
El desinterés del Gobierno llevó al fracaso la Ciudad
Deportiva de David 2013
Javier Tejeira, exdirector de Pandeportes, se le concedió
fianza en el proceso que se sigue por la construcción del proyecto deportivo. /
Marlene Testa | La Estrella de Panamá
Un tribunal arbitral de la Cámara de Comercio, Industrias y
Agricultura de Panamá condenó al Estado, representante del Instituto Panameño
de Deportes (Pandeportes), a pagar la suma de $17.8 millones por trabajos
ejecutados y no pagados e indemnización por daños y perjuicios al consorcio
Ciudad Deportiva de David.
Sin embargo, en un segundo proceso que se siguió en esta
misma instancia -el 20 marzo de 2018 - se modificó la resolución y se condenó a
la institución a pagar al consorcio $8.2 millones.
La decisión del tribunal -conformado por Dyala Jiménez
Figueres, como árbitro presidente, y los árbitros Dayra Castañeda y Miriam
Figueroa- de reducir la condena a Pandeportes obedece al pago tardío de los
Certificados No Negociables que hizo la institución a una entidad bancaria que
financió el proyecto deportivo, el cual se configuró el 11 de enero del 2017.
Ambos fallos fueron proferidos de acuerdo al reglamento de
arbitraje del Centro de Conciliación y Arbitraje de Panamá (Cecap), una
instancia que está vigente desde el 1 de agosto de 2015.
En la primera de las dos sentencias - con fecha del 27 de
octubre del 2016 - el tribunal, conformado por su presidente Narciso Arellano
Moreno, su secretaria Sheyla Castillo de Arias y sus árbitros Dilia Arcia
Torres y Orlando López, consideró una serie de elementos para determinar que
Pandeportes incumplió con sus obligaciones contractuales.
El 10 de mayo de 2013, Pandeportes y el Consorcio Ciudad
Deportiva de David suscribieron el contrato 001-2013 para ejecutar el proyecto
de estudio, diseño, construcción y equipamiento de la Ciudad Deportiva en
Chiriquí, con el financiamiento de la contratista, por $44.9 millones.
El proyecto fue otorgado en la modalidad llave en mano, que
implicaba que la empresa construiría y una entidad financiera pagaría los
avances de la obra que luego serían cobrados al contratista, en este caso
Pandeportes.
El complejo deportivo contaría con un estadio de béisbol,
velódromo olímpico, edificio de oficinas, gimnasio y residencia para
deportistas de alto rendimiento. La obra se construiría en un terreno de 20
hectáreas adquirido por Pandeportes.
Los pagos del costo pactado serían a través del mecanismo
cesión de crédito (Certificados de No Objeción).
Uno de los argumentos presentados por el consorcio que fue
clave para ordenar la condena contra Pandeportes fue la falta de inspección en
los trabajos por parte de un director de proyecto que hubiera podido anticipar
un incumplimiento de parte de la empresa.
El tribunal señaló que habían ‘elementos que daban cuenta de
un desinterés de Pandeportes en el proyecto a partir del cambio de gobierno a
mediados del 2014'.
‘La actitud de Pandeportes con el nuevo director Roberto
Arango (exdirector de la entidad) dio un cambio radical. Fue distanciándose del
proyecto y sus visitas al proyecto eran cada vez menos frecuentes', detalla el
documento.
El consorcio, además, alegó que solicitó prórrogas a la
institución deportiva para culminar el proyecto a tiempo porque presentó
inconvenientes en la estructura geológica del terreno para construir la obra.
‘Los suelos no tenían la resistencia y compactación
necesaria para edificar el proyecto', expresa el consorcio. Pero la institución
alegó que ninguna de las notas enviadas tenía los formalismos contractuales y
legales requeridos para otorgar una prórroga y que estas fueron presentadas en
la víspera de la culminación del plazo del proyecto.
El contratiempo, según el consorcio, ocasionó que la obra no
fuera terminada a tiempo y que se incurriera en trabajos adicionales no
reconocidos y no pagados por la institución.
El tribunal admitió que Pandeportes incumplió su obligación
de aprobar las cuentas del consorcio y de fiscalizar los avances del proyecto,
al no contar con un director de proyectos que inspeccionara la ejecución de los
trabajos.
Otro punto acogido por el tribunal arbitral para sustentar
su fallo fue que la institución deportiva no pagó oportunamente los
Certificados de No Objeción. Esto, según el consorcio, representó un perjuicio
considerando que no podía obtener liquidez económica para avanzar al ritmo
requerido.
El contrato de la obra de $44.7 millones establecía un plazo
de 21 meses para su conclusión posterior a la entrega de la orden de proceder;
es decir, que el proyecto debía concluir el 11 de junio de 2015.
Pandeportes argumentó que al momento de la conclusión del
contrato, el avance de la obra era menor al 20%, que correspondía a un anticipo
de $8.9 millones otorgado para el inicio de la construcción.
El primero de los dos fallos dejaba establecido que la
lesión patrimonial que se argumentaba sufrió el Estado por este proyecto se
pudo haber evitado si las autoridades de Pandeportes del actual gobierno
hubiesen hecho efectiva la fianza a la que por ley tenían derecho.
El tribunal estableció que la fianza de cumplimiento a favor
de Pandeportes garantizaba el reintegro del anticipo de $8.8 millones otorgado
al Consorcio Ciudad Deportiva David 2013, para sentar las bases de este
proyecto.
‘No se encuentra en el expediente ninguna acción por parte
de Pandeportes dirigida a ejecutar la fianza, ni a exigir del contratista
responsabilidad alguna', así indica el citado tribunal en el laudo arbitral
emitido en la fecha antes descrita.
Este laudo arbitral en su parte resolutiva rechaza la
existencia de cualquier actuación dolosa por parte de los representantes de la
empresa Condotte y los ex funcionarios de Pandeportes que firmaron el contrato
de la ciudad Deportiva de David.
‘Se rechaza las actuaciones de beneficio de propio dolo',
establece el laudo arbitral del 20 marzo del 2018 firmado por el tribunal que
además confirma una condena millonaria contra el Estado panameño por
incumplimiento de contrato.
Sin embargo, desde marzo de este año el Ministerio Público
ordenó una serie de detenciones preventivas en contra de un funcionario de
Pandeportes del gobierno anterior y de empresarios tras una investigación que
se adelanta por una supuesta lesión patrimonial tras el pago millonario del
anticipo de la obra que quedó inconclusa.
A través de una nota de fecha 9 de septiembre de 2015,
recibida en Pandeportes el 12 de octubre de 2015, la Secretaría General de
Arbitraje corría trasladado de una demanda arbitral interpuesta en su contra
por el Consorcio Ciudad Deportiva 2013
El 5 de enero de 2016, Pandeportes presentó poder especial a
favor de la firma Morgan & Morgan para que los representara en este proceso
arbitral.
En el auto 1 del 17 de febrero de 2016, el tribunal arbitral
resolvió notificar a la Procuraduría General de la Nación del proceso arbitral.
La Fiscalía de Circuito de Litigación Temprana en Asuntos
Civiles y de Familia presentó escritos de traslado el 30 de mayo de 2016 dentro
de un incidente de recusación de uno de los árbitros, e incluso presentó un
incidente de nulidad, el cual fue negado.
Una vez cumplidas las etapas procesales correspondientes, el
tribunal arbitral, mediante laudo arbitral de fecha 27 de octubre de 2017,
decidió condenar al Estado a través Pandeportes.
Posteriormente, el Instituto Panameño de Deportes
(Pandeportes) presentó una demanda arbitral el día 21 de noviembre de 2016.
Dicha demanda fue notificada al Consorcio el 6 de febrero de 2017 y contestada
el 17 de febrero de 2017.
Fuente: La Estrella de Panamá

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